EL TESTAMENTO DE PEDRO DE LA IGLESIA

TESTAMENTO DE PEDRO DE LA IGLESIA; VECINO DEL LUGAR DE CASAREJOS

En la villa de Brunete a diez y siete días del mes de mayo de mil quinientos y ochenta y cinco años por ante mí el escribano público y testigos de yuso escritos, pareció presente un hombre que por su nombre se dijo llamar, Pedro de la Iglesia y ser vecino del lugar de Casarejos, aldea de San Leonardo, que es del señor don Antonio Manrique de Lara y estando en el hospital de esta dicha villa de Brunete enfermo en una cama de la dolencia y enfermedad que Dios, Nuestro Señor fue servido de le dar y en su buen seso, juicio y entendimiento natural a lo que parecía según respondió a las razones que yo el escribano le pregunté y temiéndose de la muerte que a toda criatura viviente es cosa natural y creyendo como dijo que creía en la Santísima Trinidad, padre, hijo y espíritu santo que son tres personas y un solo Dios verdadero que vive y reina por siempre sin fin y por esta carta dijo que ordenaba y ordenó este su testamento a servicio de Dios, Nuestro Señor y de su bendita y gloriosa madre en la forma y manera siguiente:

Primeramente dijo que ofrecía su ánima a Dios, Nuestro Señor que la crió y redimió por su preciosa sangre y el cuerpo a la tierra para donde fue formado.

Iten, mando si falleciese en esta villa de Brunete, le acompañase la cofradía de Nuestra Señora de la Esperanza y de Nuestra Señora del Rosario y mando a la cofradía de Nuestra Señora del Rosario, cuatro reales.

Iten, dijo que mandaba y mando si falleciere en la dicha villa de Brunete, su cuerpo sea sepultado en la iglesia de la dicha villa en la sepultura que a los albaceas pareciere y se pague a la iglesia lo acostumbrado de sus bienes.

Iten, mando se le diga el día de su enterramiento una misa cantada de réquiem y dos rezadas y vigilias, letanía de tres liciones y se pague de sus bienes lo acostumbrado.

Iten, dijo que mandaba luego como falleciese, se le dijese la misa del ánima en el monasterio de la Trinidad de Madrid y nueve misas rezadas en reverencia de las nueve fiestas de Nuestra Señora y se pagase de sus bienes lo acostumbrado.

Iten, mando se le dijese por su alma en la iglesia de esta villa de Brunete, diez misas rezadas del día y otras diez misas en la iglesia del lugar de Casarejos y se pagasen de sus bienes lo acostumbrado.

Iten, dijo y declaró que él iba a la ciudad de Toledo con dos carros y dos pares de bueyes cargados de trigo (…) de Toledo por su porte y pasando por esta villa de Brunete, enfermó de la enfermedad que al presente tiene y envió los dichos carros y bueyes con Andrés Alonso, vecino de Arganza a una legua de su pueblo, el cual es mozo de Julián de Vadillo, vecino del dicho lugar de Arganza, el cual dicho Andrés Alonso ha de dar cuenta de los dichos carros, bueyes y siete costales y más el porte de veinte fanegas de trigo que es a razón de a diez maravedíes por legua de cada fanega y se cargó a cincuenta leguas de Toledo (…) y mandó que cuando el dicho Andrés Alonso pase por esta villa, pague lo contenido en este testamento y más los gastos que pareciere haber el susodicho hecho y que no le detuviesen porque él dará cuenta en su tierra de lo de su mujer e hijos y esto declaró.

Iten dijo y declaró que él entregó a María Blanca, hospitalera, trece reales y tres cuartillos y de ellos dio cuatro reales para la Iglesia por no haber confesado y un capote de sayal blanco y un sayo y zaragüelles y una chaqueta, el sayo de sayal pardo y unos calzones y zapatos. 

Iten mandó el capote blanco al dicho Andrés Alonso porque se lo debe y lo demás al hospital de esta villa de Brunete.

Iten dijo que mandaba y mandó a las mandas forzosas y para redención de cautivos a cada una cinco blancas con que las aparto de mis bienes.

Y mando que si alguna persona viniese jurando yo le debiese hasta cuantía de tres reales y dende arriba probando se lo pagasen de sus bienes.

Y para cumplir y pagar y ejecutar este su testamento y mandas en él contenidas dijo que nombraba y nombró por sus albaceas y ejecutores de este su testamento a Juan de Montes, mayordomo de la iglesia de esta villa de Brunete y vecino de ella, y a Bartolomé de Benito y a Pedro de Miguel Andrés y a Juan de Benito el mozo, vecinos del dicho lugar de Casarejos a los cuales y a cada uno de ellos dio su poder cumplido in solidum para que entren y tomen sus bienes y de lo mejor parado de ellos, los vendan y rematen en pública almoneda y fuera de ella y de su valor cumplan y paguen este mi testamento y mandas en él contenidas.

Iten, dijo que del restante y remanente de sus bienes nombraba por sus hijos legítimos y universales herederos a Catalina y a María, sus hijas y de María Benita su primera mujer y al póstumo o póstuma de que queda preñada María de Fuentes su segunda mujer los cuales quiere que hayan y hereden sus bienes y los partan por iguales partes como buenos hermanos.

Iten, declaró que los bienes que recibió con la dicha María de Fuentes su segunda mujer al tiempo que se casó parecerá por inventario que le hizo Alonso Martínez vecino de Casarejos, mando se le pague lo en él contenido de sus bienes.

Y revocaba por este u otros cualesquier testamentos y codicilos que hasta el día de hoy haya hecho y otorgado por escrito o por palabra poder que hubiese dado para los hacer y otorgar, que quería que no valiesen ni hiciesen fe en juicio ni fuera de él salvo este que al presente hacía, que quería valiese por su testamento o por su codicilo y por su última y postrimera voluntad y en aquella vía y forma que mejor de derecho ha lugar y lo otorgó ante mí el escribano público y testigos que fueron presentes Pedro Agudo y Blas de Guadarrama y Juan Benito, hospitalero, vecinos de la dicha villa de Brunete y por el otorgante que dijo no saber lo firmó un testigo.